RESPONSABLES:
- Biblioteca de la Legislatura: Director - José de Guardia de Ponte
- Mesa Redonda Panamericana Panamericana “Macacha Güemes”
- Asociación Cultural Uruguai
- Escuela Augusto Raúl Cortazar
- Escuela Gral. Martín Miguel de Güemes
- Colegio Santa Teresa de Jesús
DESTINATARIOS: alumnos de 6to y 7mo. Grado de Primaria y de 4to. Año de Secundaria.
ACTIVIDAD:
- Charlas talleres en los establecimientos participantes sobre: Violencia – Discriminación y Tolerancia.
- Feria de Arte estudiantil en la Plaza de la Democracia para el 15 de abril de 2025 en el marco del “Día Mundial de la Cultura bajo la Bandera de la Paz".
FUNDAMENTOS:
¿Qué mejor que una biblioteca para liderar un proyecto que busque promocionar una cultura de Paz en nuestras escuelas? Es el espacio destinado a la preservación de los libros símbolos de el conocimiento humano, de la libertad y el libre pensamiento, del espíritu critico y la justicia. Al respeto decía Juan Pablo I” de la justicia de cada uno nace la Paz para todos” y es un acto de justicia enseñarles a los alumnos de Salta que la Paz es posible.
En el año 1989 la UNESCO acuña el concepto Cultura de Paz en el marco de diversos programas de consolidación de la paz en países que habían pasado por un conflicto armado. En 1999 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la Declaración y Programa de Acción para una Cultura de Paz. En el año 2000, la UNESCO inició una campaña mundial para sensibilizar a la población mundial sobre el concepto de Cultura de paz y elaboró el “Manifiesto 2000 para una Cultura de Paz y no violencia” que fue formulado por Premios Nobel de la Paz, a fin de que las personas de forma individual asumieran su responsabilidad como promotores de paz. Estos proponen seis principios claves para crear espacios de paz: el respeto a la vida, el rechazo a la violencia en todas sus manifestaciones, el desarrollo de la cultura cooperativa, la escucha y la promoción del dialogo, la conservación del planeta y la solidaridad.
En 1959 se creó el Instituto de Investigación para la Paz de Oslo por Johan Galtung (Martínez, 2001). Por primera vez Galtung, uno de los primeros investigadores de los estudios para la paz, propone ampliar la concepción de la paz con el concepto de “paz positiva”.
Galtung entiende no como ausencia de guerra, sino a la existencia de las condiciones de justicia y desarrollo necesarias para la realización de las necesidades básicas del ser humano (seguridad, bienestar, identidad y libertad).
Desde 1990 se adopta el concepto de cultura de paz como alternativa a la violencia cultural (Sara Conde Vélez, Estudio de la gestión de la convivencia en Andalucía, 2012.)
Para la UNESCO es la responsabilidad de cada ser humano de convertir en realidad los valores, las actitudes, los comportamientos que fomentan la cultura de paz. Partiendo de la idea de que cada uno puede actuar en el marco de su familia, su localidad, su ciudad, su región, y su país.
La UNESCO sostiene que “La cultura de Paz es un conjunto de valores, actitudes, tradiciones, comportamientos y estilos de vida basados en el respeto a la vida” y “la práctica de la no violencia por medio del diálogo y cooperación” ( en Almeida, Neves Cruz Santo,2002, 134)
A partir de este concepto, la paz se define como ausencia de violencia, de ira, de desconfianza:
“ la paz ultrapassa largamente essa acepção para se associar sobretudo a uma ideia de processo, de construçao de valores e de pactos e conexao que permitam uma vivencia colectiva marcada pela justiça,pela libertade e, como tal,pelo respeito pela diferenças e pelos contributos de todas as pessoas.”(Almeida,Neves Cruz Santo, Cultura de paz e mediaçao social 2002, p132 )
El proyecto de cultura de paz es un proyecto de democratización de la sociedad basado en valores que resaltan las dimensiones éticas de la persona: respeto de los derechos humanos, ciudadanía, cooperación, no discriminación, tolerancia y participación.
La UNESCO insta a los Estados a que “las escuelas impartan una educación que incluya el fomento de la compresión mutua ,la tolerancia, la formación cívica y los derechos humanos y la promoción de la cultura de paz” (Art. 5 Decenio internacional de una cultura de paz y no violencia para los niños del mundo 2001-2010 sexagésimo periodo de sesiones ,octubre 2005) a partir de ello se desarrollaron planes y programas para ayudar a los países asociados o no, a introducir en los programas de educación formal e informal, los principios de la educación para la paz, como el Programa de Escuelas Asociadas a la UNESCO.
También se realizaron experiencias educativas en EEUU, Canadá, México, Colombia, Venezuela, Bolivia Argentina. En España, México, Bolivia y Venezuela se han desarrollado programas de formación destinados a docentes ya que su cualificación profesional se considera fundamental para la educación en valores y ciudadanía.
En algunos de estos países se ha modificados los contenidos curriculares:
El Diseño Curricular de la Educación Bolivariana sostiene la necesidad de crear redes entre el educando, el docente, la comunidad y el plantel con el objetivo de organizar y sistematizar el proceso pedagógico, hacerlo más dinámico en cuanto participan todos los actores interesados en que los educandos adquieran un aprendizaje significativo y de calidad que les sirva para resolver problemas tanto cognitivos como los propios de la vida cotidiana. (Brine y Vásquez 2008, p.19).
También se han realizado trabajo en conjunto entre España y México España y Bolivia, España y Colombia, como por ejemplo el trabajo realizado Reino de Aragón y Colombia en el 2008.
Por su parte la medición, como método de resolución de conflictos, también surgido en la década del 70, contó con un abordaje sociológico de resolución de problemas en áreas marginales y además buscó desarrollar aprendizajes para la resolución pacífica de conflictos, y un papel activo de los miembros de la comunidad en algunas experiencias desarrolladas en Francia llamada “boutiques de droit” (1975) y las Community Boards creadas por Ray Shonholz en San Francisco en 1978 pensada como un modo de “sensibilizar el tejido social donde se manifestaban los conflictos” (Almeida, Neves Cruz Santo, Cultura de paz e mediaçao social 2002, 142 en ...) para crear un clima de confianza que le permitiera una solución de las controversias cotidianas. A partir de estas experiencias surgieron otras que buscaron reconstruir el tejido social, afectado por la desigualdad, la pobreza y la marginalidad, trabajando aspectos como la prevención del conflicto y el desarrollo de la solidaridad. Se pensó la mediación como una estrategia no como un medio de intervención (Almeida Neves Cruz Santo, Cultura de paz e mediaçao social 2002, 143) en búsqueda de lo que Durkehin llamaba “cohesión social” (1893,)
ASPECTOS LEGALES QUE ENMARCAN LA CONVIVENCIA EN LAS AULAS
La Declaración Universal de Derechos Humanos señala que la convivencia humana debe darse en el marco de la fe, el respeto y la observancia de los derechos fundamentales; en la dignidad y valor de la persona y en la igualdad de los derechos del hombre y la mujer. La Constitución de la Nación Argentina les da a esta Declaración un rango constitucional al igual que a la Convención sobre los Derechos del Niño (art.75 inciso22)
En el año 2004 en nuestro país, surgió El Programa Nacional de Convivencia Escolar con el objetivo de “diseñar un plan que favorezca la apertura y la comunicación entre las familias y las instituciones y, a su vez, con las direcciones de área y equipos técnicos jurisdiccionales para alcanzar acuerdos educativo-operativos que favorezcan el apoyo mutuo entre la familia y la escuela, revalorizando el esfuerzo en el aprendizaje y la búsqueda de objetivos de logro exigentes. Está compuesto por cuatro subprogramas con sus respectivos objetivos que incluía Curso de formación para preceptores.; la Formación para supervisores y directores, los Acuerdos familia-escuela, la Renovación y mejora de las normativas de convivencia
En el año 2005 se sanciona LA LEY 26.061 que declara a niños y jóvenes como sujetos de derechos. La Ley 26061/05 de Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes en su Artículo N° 2 establece que:
“La Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas hasta los dieciocho años de edad. Las niñas, niños o adolescentes tienen derecho a ser oídos y atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos. Los derechos y las garantías de los sujetos de esta ley son de orden público, irrenunciables, interdependientes”
La ley de Educación N° 26206/06 en su Art 11 inciso c establece como uno de los fines de la Educación Argentina:
“Brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.”
En el inciso f establece la necesidad de una:
“educación que respete las diferencias entre las personas sin admitir discriminación de género ni de ningún otro tipo.” De este modo se van recuperando los principios establecidos por la UNESCO.
En el inciso v :
“Promover en todos los niveles educativos y modalidades la comprensión del concepto de eliminación de todas las formas de discriminación.”
En el Capítulo III art 27 inciso h establece que la educación primaria debe tender a
“Brindar una formación ética que habilite para el ejercicio de una ciudadanía responsable y permita asumir los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común.
El artículo 92 inciso f establece que formaran parte de todo curriculum
“Los contenidos y enfoques que contribuyan a generar relaciones basadas en la igualdad, la solidaridad y el respeto entre los sexos, en concordancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, con rango constitucional, y las leyes Nº 24.632 y Nº 26.171”
Avanzando hacia la construcción de una cultura democrática surge un Proyecto De Formación En Convivencia Escolar impulsado por el Ministerio de Educación de la Nación con el objetivo de “Ocuparnos de las normas de convivencia en las escuelas “y aclara que esto “no es sólo, ni principalmente, ocuparnos de lo prohibido y lo permitido.”
Las normas de convivencia en una escuela se deberían alinear con el proyecto educativo y los fines institucionales.” La escuela es un lugar de transición intergeneracional que hace posible y facilita la transmisión de valores democráticos.
Las normas de convivencia escolar no tienen sólo un propósito legal; buscan educar y socializar”.
Como decía Emile Durkheim, la escuela es una “sociedad en pequeño”. La socialización es un aprendizaje que comienza en la familia y continúa en la escuela con rasgos propios. Se puede llegar a la edad adulta y no haber hecho este aprendizaje. No sólo cumplir las normas enseña, sino que también lo hace el participar en su construcción. (Renovación del Acuerdo Normativo sobre Convivencia Escolar Programa Nacional de Convivencia Escolar MEN 2010)
La Resolución 149/10 plantea que “el proyecto de establecer acuerdos normativos de convivencia debe involucrar la participación de todos los integrantes de la comunidad educativa; partiendo desde el equipo directivo y recorriendo la institución transversalmente, en un proceso real y concreto que posibilite espacios de diálogo, discusión y debate, asumiendo que la convivencia democrática es una condición previa que posibilita el proceso de enseñanza-aprendizaje.”
La Ley 26.892/13 tiene como objetivo “orientar la educación hacia criterios que eviten la discriminación, fomenten la cultura de la paz y la ausencia de maltrato físico o psicológico” en la escuela e “impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equipos docentes, para la prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas” (artículo 3, incisos b y e).
La ley reconoce la problemática del acoso escolar y en su artículo 4 atribuye al Ministerio de Educación de la Nación la obligación de “promover la elaboración y revisión de las normas sobre convivencia en las instituciones educativas en cada una de las jurisdicciones educativas del país para todos los niveles y modalidades de enseñanza (…)”.
En el marco de la 58° Asamblea del Consejo Federal de Educación, el 3 de julio de 2014, el Ministerio de Educación de la Nación resolvió promover la aplicación de la Ley 26.892 y regular las estrategias de articulación entre el Ministerio de Educación de la Nación y las jurisdicciones
La Ley 26.892 /13 “Para La Promoción De La Convivencia y El Abordaje De La Conflictividad Social en Las Instituciones Educativas” ley establece “las bases para la promoción, intervención institucional y la investigación y recopilación de experiencias sobre la convivencia, así como sobre el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas”
En su artículo N° incisos A establece que los establecimientos educativos:
“orienten las acciones de los integrantes de la comunidad educativa hacia el respeto por la vida, los derechos y responsabilidades de cada persona, la resolución no violenta de los conflictos, el respeto y la aceptación de las diferencias”
Prevé que
“se impulsen modos de organización institucional que garanticen la participación de los alumnos en diferentes ámbitos y asuntos de la vida institucional de la escuela” y se “regule la conformación y funcionamiento de órganos e instancias de participación, diálogo y consulta en relación con la convivencia en las instituciones educativas, que resulten adecuados a la edad y madurez de los estudiantes” (Art. N°4 inciso c y d).
La Resolución CFE 239/14 establece que LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN ESCOLAR tienen en entre de sus funciones “colaborar en proyectos y propuestas de enseñanza, de convivencia, tutoriales, etc. generadoras de mejores condiciones institucionales.
La Resolución del CFE (Consejo Federal de Educación) Nº 239/14 “Pautas y Criterios Federales para la Elaboración de Acuerdos de Convivencia para el Nivel inicial y el Nivel Primario” reconoce, en el Apartado A inciso I, que:
“La vida cotidiana en las escuelas se encuentra atravesada por diversas variables vinculadas a lo social, político, cultural, económico y geográfico, que implican la necesidad de generar herramientas propias para la participación y convivencia escolar, que consideren las particularidades de cada institución y su contexto...”
y en el inciso III:
“La conflictividad es parte inherente al vínculo entre las personas, y por lo tanto las propuestas de abordaje e intervención pedagógica frente a las situaciones cotidianas de la convivencia escolar deben orientarse al reconocimiento del conflicto y la generación de estrategias de resolución a través del diálogo y la participación desde una perspectiva democrática fundada en la justicia, los derechos y el reconocimiento de las diversas identidades culturales.”
Luego da las siguientes orientaciones “A los efectos de orientar a las jurisdicciones para que establezcan los mecanismos pertinentes para dar impulso y consolidación a la reglamentación de la mencionada Ley Nº26.892, fortaleciendo el abordaje de la convivencia, se propone el nivel Primario instrumentar mecanismos de participación a través de la creación de Consejos Escolares y lo Consejos de aula a los que define como:
“Ambos grupos de estrategias son instancias de apertura a la participación que se proponen como acercamiento a experiencias democráticas y de ejercicio de la ciudadanía, considerando derechos y obligaciones de los sujetos participantes de la vida escolar y promoviendo crecientes grados de autonomía, responsabilidad y solidaridad.”
Estos consejos tendrían las siguientes finalidades o funciones:
• “Consultivas, vinculadas a la promoción de la participación de los actores en la regulación de las relaciones cotidianas en la escuela y la definición de criterios comunes que funcionen como insumo para la toma de decisiones.
• De promoción, vinculadas a la construcción de una convivencia escolar democrática y a la anticipación y resolución de las situaciones problemáticas que pueden surgir en la vida de la escuela.
• Organizativas, vinculadas a la participación de los actores y la proposición en aspectos que hacen a la gestión de lo escolar con distribución de diferentes niveles de responsabilidad.”
Esta resolución describe el contexto social de la escuela actual dentro del contexto histórico y reflexiona “Los niños conviven con un tiempo caracterizado por el debilitamiento de los modos institucionales que la sociedad ha forjado en la modernidad. Alerta que “Esta situación puede ser vivida como anhelo nostálgico de los tiempos en que los niños obedecían y los adultos obraban conforme a las normas y estatutos previstos. “En cuanto a la forma de gobierno de las instituciones tradicionales sostiene que “estos modos institucionales, dejaban de lado las voces de las comunidades, en particular la de aquellos sectores más alejados de la cultura social de la escuela, mantenía a las familias de la puerta para afuera y solían inhibir los procesos de consulta, crítica o participación que son necesarios para la construcción de una sociedad de derechos.”
Si bien esta resolución no propone la mediación, si propone la creación de Consejos de Aulas, y Consejos de Escuelas que funcionan como mediadores ante el conflicto ya que tendrían como objetivos:
• Generar un espacio de participación efectiva de los distintos actores de la comunidad educativa.
• Sostener una institucionalidad que favorezca la construcción de propuestas que mejoren la cotidianeidad escolar.
• Fortalecer las normas, visibilizar los sentidos que las sustentan y poner en Circulación los criterios que originaron los acuerdos y/o reglamentos escolares en cada escuela.
• Profundizar los lazos entre la escuela y su comunidad, particularmente entre familia y escuela.
• Afianzar la autoridad en la escuela
En 2014 el MECYT elaboró la “Guía Federal de orientaciones para la intervención Educativa en situaciones complejas relacionadas con la Vida Escolar”. Esta guía retoma algunas investigaciones realizadas por el Observatorio Argentino de Violencias en las Escuelas que confirman el impacto positivo de la intervención docente en la regulación de los vínculos entre los alumnos y alumnas. Concluye que la intervención docente es uno de los “factores que mayor incidencia tiene en la percepción de los actores en relación con el problema.”
Esta guía orienta que “Cuando se advierten señales de posibles situaciones de maltrato en la escuela “se debe tener en cuenta para conocer qué relaciones están sosteniendo los estudiantes “Conocer quiere decir estar atentos, escuchar, observar, dialogar, indagar.”
Propone una serie de acciones a desarrollar antes, durante y después del conflicto y establece protocolos de acción según el origen de la situación que afecte la convivencia escolar (por su origen por los grupos o las personas involucradas según su rol) Este documento es prescriptivo y establece claramente pasos a seguir como en casos puntuales por ejemplo:
“Cuatro reglas básicas para proceder ante la presencia de un arma:
• Considerar a todas las armas como si estuvieran siempre cargadas.
• Intentar convencer a la o el estudiante de que apunte el arma hacia un mueble de madera o piso de madera, una mochila con libros, para sacar de la trayectoria de un posible disparo a alumnos o profesores.
• Pedirle que saque el dedo del gatillo.
• Sugerirle que deje el arma sobre una superficie horizontal, de donde no pueda caerse”
Como se expuso en párrafos anteriores la directivas de las autoridades nacionales en Argentina buscaron orientar a las instituciones educativas para la prevención de la violencia por medio de protocolos de acción y la creación de Consejos de Escuela como “órgano de asesoramiento y consulta para la toma de decisiones y elaboración de propuestas para el fortalecimiento de la vida institucional y la convivencia
Plan de trabajo:
Línea de acción |
Actividad planificada |
Objetivo de la actividad |
Recursos Humanos y Materiales |
Fecha
25/06/25 |
Responsable |
Convocatoria y
sensibilización |
Reunión de los organizadores |
Delimitar las acciones a realizar durante el año |
Miembros de la Biblioteca – Mesa Redonda Panamericana, Asociación Uruguai |
Mayo 2025 |
José de Guardia de Ponté – Director de la Biblioteca |
Charla referente a la NO-VIOLENCIA |
Charlas en los diferentes establecimientos educativos |
Reflexionar conjuntamente con los alumnos el concepto de la PAZ y la corresponsabilidad de cada uno en la construcción del mismo. |
Proyector – Sonido |
03, 05 y 07 de junio de 2025 |
|
EXPO – PAZ por el Día Mundial de la Cultura |
Expo de expresiones artísticas |
Visibilizar el trabajo de las instituciones involucradas en los objetivos planteados. |
Seguros - Gazebos – mesas – tablones – sonido y un chocolate para los chicos |
15 de julio 2025 |
Instituciones involucradas |
Cine debate en la Biblioteca |
Films y documentales relacionados con la PAZ |
Desarrollar el pensamiento crítico y la capacidad de argumentación en los alumnos. |
Proyector – Sonido – Medios digitales. |
A Confirmar |
Instituciones involucradas |
Elaboración de Textos argumentativos en el interior de cada establecimiento |
Cada alumno redactará una carta al lector sobre: “Como pensar la PAZ en las escuelas y/o Colegios”.
Las instituciones organizadoras seleccionarán los textos a publicar en diferentes medios gráficos. |
Lograr el compromiso individual de cada alumno en la construcción de la Paz. |
Hojas, lapiceras y medios digitales y de impresión. |
Noviembre de 2025 |
Instituciones involucradas |